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Bases de datos
GRATUITAS .-
Doctrina de
interés .-
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La mas reciente y
relevante .-
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T R I B U N A L S U P R E M O
-Sala de lo Social- UNIFICACIÓN
DOCTRINA 4781/2005 .Despido objetivo económico.
Nulidad del despido
por no comunicar el cese a la representación de los
trabajadores. Interpretación del artículo 53.1.c) del ET.
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Tribunal Supremo. Sala de lo Social .
Sentencia de 16-05-2006.
El orden social es competente para conocer de las impugnaciones de los
actos administrativos de la Seguridad Social que se fundan en
infracciones de normas de procedimiento, como la nulidad del acto o la
caducidad del expediente. Reitera doctrina de sentencia de 19 de
noviembre de 2.002
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Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sentencia de 07-04-2006 .FORMA DE CÓMPUTO DE LOS
20 DÍAS DE PLAZO PARA LAS DEMANDAS POR DESPIDO. SÁBADOS INHÁBILES A
EFECTOS DE DESPIDO. REITERA DOCTRINA.
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Tribunal Constitucional .-STC
16/2006, de 19 de enero de 2006 .Interpretación
extensiva del alcance de la
garantía de
indemnidad en las relaciones laborales
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RECURSO DE CASACIÓN PARA
LA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA SOBRE DESPIDO IMPROCEDENTE .EL DERECHO DE
OPCIÓN CORRESPONDE AL TRABAJADOR CUANDO LO ESTABLEZCA EL CONVENIO
COLECTIVO . SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO, SALA DE LO SOCIAL.
Sentencia de veintidós de Septiembre de dos mil cinco.
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STS 6 de Abril
de 2004 Recurso
2802/2003
.
Unificación de Doctrina
Aunque
exista allanamiento del empleador también debe dictarse sentencia, no
cabe que por una decisión unilateral empresarial posterior con
ofrecimiento de readmisión se restablezca un vínculo contractual ya roto
e inexistente, ni mucho menos la negativa del trabajador a
reincorporarse implica dimisión de éste por entenderse que con la
decisión empresarial dicho trabajador dejaba de estar despedido,
privándole no solo de una acción como la de despido ya ejercitada.
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STC
253/2004, de 22 de diciembre de 2004 .
Declara
inconstitucional establece que para determinar
los periodos de cotización de las prestaciones de
Seguridad Social, incluida la de protección por
desempleo, se computarán exclusivamente las horas
trabajadas.
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STS en Recurso 4894/2003
de 17 Enero del 2005
. Grupo de empresas y determinación del importe de
las indemnizaciones en supuesto del art. 50 ET
Sobre temas laborales de
interés general .-
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CAMBIO DE
CRITERIO
STS en Recurso
1366/2004
de 17 de Enero 2005
.No cabe computar para el cálculo del periodo mínimo
de cotización exigible el tiempo de duración máxima o de prórroga de la
Incapacidad temporal cuando únicamente se estaba en situación de baja
médica, sin percibir el subsidio por no tener carencia para ello.
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