NUEVO ORGANIGRAMA

(Real Decreto 438/2008)

 

Ministerio de Trabajo e Inmigración.

 
   

1. El Ministerio de Trabajo e Inmigración se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
 

a) La Secretaría de Estado de la Seguridad Social, de la que dependen los siguientes órganos directivos:


1.º La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.
2.º La Intervención General de la Seguridad Social.
 

b) La Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, de la que dependen los siguientes órganos directivos:


1.º La Dirección General de Inmigración.
2.º La Dirección General de Integración de los Inmigrantes
3.º La Dirección General de Emigración.


c) La Subsecretaría de Trabajo e Inmigración, de la que dependen los siguientes órganos directivos:


1.º La Secretaría General Técnica.


2.º La Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

3.º La Dirección General de Servicios que ejercerá la gestión de los servicios comunes no atribuidos a otros órganos de la Subsecretaría.


d) La Secretaría General de Empleo, con rango de subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos:


1.º La Dirección General de Trabajo.
2.º La Dirección General de la Economía Social, del Trabajo Autónomo y del Fondo Social Europeo.

2. Se suprimen los siguientes órganos directivos:


1.º La Subsecretaría de Trabajo y Asuntos Sociales.


2.º La Dirección General de Inclusión Social.


3. Los órganos directivos dependientes de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad se integran en el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte