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Requisitos para acogerse al
Arraigo Laboral :
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Acreditar
la permanencia continuada en España durante un período mínimo
de dos años
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Carecer de
antecedentes penales en España y en su país de origen
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Demostrar
la existencia de relaciones laborales cuya duración no
sea inferior a un año.
Como se tramita ::
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Deberá ser
solicitada personalmente por el extranjero ante el órgano
competente para su tramitación
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Presentar
pasaporte en vigor o título de viaje, reconocido como válido en
España, con una vigencia mínima de cuatro meses
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Deberá
aportar certificado de antecedentes penales expedido por las
autoridades del país o países en que haya residido durante los
cinco años anteriores a su entrada en España
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Y a los
efectos de acreditar la relación laboral y su duración, el
interesado deberá presentar una resolución judicial que
la reconozca o la resolución administrativa confirmatoria del
acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad
Social que la acredite
Efectos :
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La
concesión de la autorización de residencia temporal por
circunstancias excepcionales concedida por los supuestos de
arraigo, con excepción de la que se conceda a los menores de
edad, llevará aparejada una autorización de trabajo en
España durante la vigencia de aquélla .
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